Reducción de la jornada laboral a 37,5 horas en España

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Nueva jornada laboral cuando entra en vigor

La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas ha sido ratificada por el Consejo de Ministros y se anticipa que será aprobada por el Congreso en los próximos meses. Se establece que la aplicación de esta medida arranque con un plazo para que todas las empresas se adapten antes de que finalice el año siguiente.

Esta modificación no solo impactará en la duración de la jornada, sino que también incorporará cambios significativos en el fichaje digital en el trabajo, que deberá llevarse a cabo de forma electrónica para asegurar un control más eficiente y transparente sobre las horas laboradas.

La finalidad de este cambio legislativo es mejorar la calidad de vida de los empleados y la eficiencia de las empresas, tal como se menciona en el preámbulo del anteproyecto de ley autorizado por el Consejo de Ministros.

¿Cuáles son las implicaciones, plazos y requisitos técnicos que deben cumplir las organizaciones ante esta nueva realidad laboral que introduce la reducción de jornada a 37,5 horas? Esta reforma, que beneficiará a más de 12 millones de trabajadores, supone un cambio importante en la forma en que se gestiona el tiempo laboral y en la digitalización de los procesos en el ámbito empresarial.

La entrada en vigor se producirá al día siguiente de su publicación en el BOE. Actualmente está en espera de aprobación en el parlamento. Esto implica que, una vez que entre en vigor, las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán hasta el 31 de diciembre del siguiente año para realizar las adaptaciones necesarias que aseguren el cumplimiento de la nueva normativa, especialmente respecto a la jornada máxima de trabajo de 37,5 horas, lo que obligará a revisar aquellos convenios que contemplen jornadas superiores.

Mientras las negociaciones de los convenios no se lleven a cabo, lo estipulado en ellos quedará sin efecto respecto a los trabajadores incluidos en su ámbito, que se regirán por esta nueva duración máxima de 37,5 horas, lo cual no contradice los términos del convenio sino que es una consecuencia de la sujeción de las normas colectivas a la ley, tal y como se indica en el artículo 3.1 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

La ley de reducción de jornada laboral también implica la reforma del control horario y el derecho a la desconexión digital.

Nueva jornada laboral cuando entra en vigor y sus sanciones

Se prevé que la jornada laboral máxima se limite a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de media anual, sin que se vea afectado el salario.

La ley de reducción de jornada laboral se incumplirá de la siguiente forma:

Los contratos a tiempo parcial cuyo horario sea igual o superior a la nueva reducción de 37,5 horas semanales se transformarán automáticamente en contratos a tiempo completo.

Los contratos a tiempo parcial con una carga horaria inferior a 37,5 horas semanales en promedio anual, tendrán derecho a realizar el mismo número de horas que antes de la implementación de la norma, con un incremento proporcional en su salario.

La reducción de jornada laboral impactará en todos los sectores de actividad y en todas las empresas cuyos trabajadores estén incluidos dentro del ámbito de aplicación del artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, a trabajadores que presten sus servicios de manera voluntaria por cuenta ajena y que se encuentren bajo la dirección de un empleador.

Se excluirán las relaciones laborales de carácter especial, que se regirán por normativas específicas: personal directivo, estudiantes en prácticas, empleados del hogar, artistas en espectáculos públicos, representantes comerciales, personas con discapacidad que trabajen en centros especiales de empleo, residentes en formación en Ciencias de la Salud, abogados en despacho y deportistas profesionales, así como cualquier trabajo que sea expresamente declarado como una relación laboral de carácter especial por ley.

Esto incluye empresas cuyos convenios colectivos establezcan jornadas laborales superiores a las aprobadas por la normativa y aquellas sin convenio colectivo donde los contratos con sus trabajadores especifiquen jornadas superiores a la máxima.

nueva jornada laboral

Nueva jornada laboral cuando entra en vigor y sus claves esenciales

Los trabajadores cuya jornada haya sido reducida por motivo de ley (artículos 37 y 47 del Estatuto de los Trabajadores, como por nacimiento, cuidado de lactantes, etc.) conservarán su porcentaje de parcialidad en relación con la nueva jornada.

Los empleados tienen derecho a solicitar que se mantenga el porcentaje de reducción de jornada que tenían antes del establecimiento de la nueva jornada máxima. La empresa debe evaluar tales solicitudes y, en caso de rechazo, deberá comunicarlo por escrito y de manera fundamentada.

La ley de reducción de jornada laboral podría entrar en vigor tras su publicación en el BOE, momento a partir del cual las comisiones negociadoras de convenios colectivos tendrán tiempo hasta el 31 de diciembre del siguiente año para ajustarse a la nueva jornada máxima de 37,5 horas semanales.

La reducción impacta a todos los trabajadores por cuenta ajena que se integran en el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, excluyendo relaciones laborales especiales como directivos, estudiantes en prácticas, empleados del hogar y otros trabajos con normativas específicas.

La jornada máxima fijada será de 37,5 horas semanales en promedio anual. Los contratos a tiempo parcial se transformarán automáticamente a tiempo completo si superan esta jornada. Se garantiza que los que tengan reducciones por cuidados mantendrán el número de horas que realizaban previamente, con derecho a salario proporcional.

A continuación se presentan ejemplos que ilustran cómo esta ley impacta en diferentes contextos laborales, facilitando la comprensión del ajuste en cada situación. La adaptación de la jornada laboral puede presentar distintos escenarios según el tipo de contrato y las circunstancias particulares de cada trabajador, lo que permite identificar cómo proceder correctamente y evitar errores en la aplicación de la reducción de jornada.

La compañía deberá calcular el nuevo porcentaje de parcialidad para ajustarse a la nueva normativa, resultando en un incremento del mismo para que alcance un 53%, lo que implicará un aumento en la remuneración. Si se mantiene el porcentaje de parcialidad del 50%, se traducirá para el trabajador en menos horas de trabajo en comparación con las que realizaba antes de la modificación, resultando en una carga horaria semanal de 18,75 horas, manteniendo el mismo salario pactado previamente a la reducción de la jornada laboral máxima.

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